FEMP

Título

Extracto de la Resolución de 23/12/2022, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el año 2023 (Diario Oficial de Castilla-la Mancha nº 249, de 30 de diciembre de 2022) 

BDNS (Identif.): 666529

Objeto

La presente resolución convoca, en régimen de concurrencia no competitiva y tramitación anticipada, las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares, en cumplimiento de los objetivos establecidos en el anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo (CID, en sus siglas en inglés), de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, para el año 2023.

Requisitos

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas:

a) Las personas físicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas.

b) Las personas jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias o usufructuarias de viviendas.

c) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de inmuebles destinados a vivienda.

Plazo, lugar y forma de presentación

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 2 de enero de 2023 y terminará el 30 de diciembre de 2023

Las solicitudes de ayuda, que se dirigirán a la Dirección General de Vivienda, se tramitarán obligatoriamente por medios electrónicos y a través de los agentes de la rehabilitación habilitados en el programa de ayudas de mejora de la eficiencia energética de viviendas, según el siguiente procedimiento:

a) Cualquier persona o entidad que quiera beneficiarse del programa de ayudas de mejora de la eficiencia energética de viviendas, deberá acudir a un agente gestor de la rehabilitación habilitado; a estos efectos, la Dirección General de Vivienda hará público en portal web https:/vivienda.castillalamancha.es, el listado actualizado de agentes gestores de rehabilitación habilitados conforme al artículo 9 de la Orden de bases reguladoras. Las personas beneficiarias podrán habilitarse también como agentes gestores de la rehabilitación.

b) El agente gestor de la rehabilitación habilitado rellenará la solicitud de la ayuda en el modelo establecido en el anexo I de esta resolución, o I-bis si se presentara conjuntamente con la justificación de la actuación, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades https:/jccm.es, que deberá ser firmada por el agente en representación de la beneficiaria y que se presentará junto a la documentación indicada en la presente convocatoria.

Si la solicitud se presentara por un medio distinto al previsto, el órgano instructor del procedimiento requerirá para que se presente por el establecido, considerándose como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido presentada electrónicamente, tal y como establece el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Datos de contacto y horario

Consejería de Fomento

Dirección: P.º Cristo de la Vega, s/n, 45004 - Toledo

Teléfono: 925 26 69 00

Última Convocatoria
 Convocatoria

 Bases reguladoras

 Modificación bases

 Segunda Modificación bases

 Ampliación crédito