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Título

Resolución de 18/10/2022, de la Dirección General de Vivienda, por la que se convocan ayudas a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, nº 37341, de 25 de octubre de 2022)

Objeto

La presente resolución convoca, en régimen de concurrencia simplificada, las ayudas a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas de Castilla-La Mancha.

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las ayudas:

a) Las personas propietarias o usufructuarias de viviendas, de edificios de viviendas y de las viviendas de esos edificios

b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones Públicas, propietarias de las viviendas.

c) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

d) Las sociedades cooperativas de viviendas integradas por socios cooperativistas que precisen alojamiento para sí o sus familiares, las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960.

e) Las personas propietarias que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

f) Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a suficiente plazo con la propiedad, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

Plazo, lugar y forma de presentación

El plazo de presentación de solicitudes de subvención se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria hasta el 30 de junio de 2023.

Las solicitudes para la obtención de estas ayudas se dirigirán a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de vivienda correspondiente al lugar de ubicación de la vivienda objeto de la actuación a desarrollar.

Las solicitudes de ayuda se presentarán preferentemente de forma electrónica, a través del formulario del anexo I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es, salvo si los solicitantes fueran personas jurídicas que deberán presentar la solicitud por vía electrónica. En el caso de solicitantes personas físicas, podrán optar por presentar sus solicitudes en los lugares y medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Datos de contacto y horario

Dirección General de Vivienda

Paseo Cristo de la Vega,

s/n - 45071, Toledo,

Teléfono: 925 28 68 72

Horario: 9:00 a 14:00

Correo electrónicodgvivienda.fomento@jccm.es

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