FEMP

Título

Extracto de la Resolución de 09/07/2021, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se convocan ayudas dentro del Programa Moves III (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 133, de 14 de julio de 2021).

BDNS. 574801

Objeto

Convocar para 2021, 2022 y 2023 las ayudas públicas destinadas a actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica, incluida la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, que se contienen en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Requisitos

1. Serán personas destinatarias últimas de las ayudas en función de las actuaciones subvencionables, las siguientes:

a) Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal en Castilla-La Mancha y no incluidas en el anterior apartado.

c) Las comunidades de personas propietarias, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.

d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.

e) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidas en la anterior letra d), en el ámbito territorial de Castilla- La Mancha.

f) Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Plazo, lugar y forma de presentación

AVISO

Conforme establece el artículo 4 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 4/2024 de 26 de junio, los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, estarán en vigor desde el día siguiente de la publicación del citado Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de diciembre de 2024.

La presentación de la solicitud de ayuda correspondiente al Programa de incentivos 1, para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos, se formalizará mediante el Anexo I de la presente resolución. La presentación de solicitudes correspondientes al Programa de incentivos 2: “Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga”, se formalizará mediante el Anexo II de la presente resolución.

Los formularios de solicitud y el resto de formularios complementarios, que figuran como anexos en esta convocatoria, se encontrarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Datos de contacto y horario

Consejería de Desarrollo Sostenible

C/ Río Estenilla, s/n - 45071 Toledo

925267800

gabinete.desarrollosostenible@jccm.es

Horario de atención al público: 08:30-14:30 horas (de lunes a viernes).

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